El arrendatario deberá presentar una tarjeta de crédito válida, de su titularidad, que esté dentro del plazo de vencimiento, que haya sido emitida por una entidad bancaria, con una antigüedad mínima de 1 año y que tenga límite de crédito suficiente para la autorización del depósito de garantía. La aprobación de la tarjeta de crédito es única y exclusivamente responsabilidad de la compañía de renta.